2 de marzo de 2026

Dida objeta resolución del CNSS; dice no reconoce efectos retroactivos para afiliados afectados

La Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (Dida) impugnó la Resolución 624-05 del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) al considerar que, aunque surge tras la sentencia del Tribunal Constitucional que eliminó limitaciones para acceder a pensiones por discapacidad y sobrevivencia, la normativa no aplica los cambios de forma retroactiva para quienes ya fueron impactados por esas restricciones.

De acuerdo con la institución, la disposición solo reconoce derechos a partir del 20 de mayo de 2025 —fecha de la sentencia TC/0305/25— dejando fuera a afiliados cuyos siniestros y solicitudes se produjeron antes, pese a que las limitaciones de edad y plazo fueron declaradas inconstitucionales.

El director de la DidaElías Báez, señaló que esta nueva regulación «mantiene vigentes los efectos de restricciones ya anuladas» al excluir casos anteriores a la sentencia y suprimir garantías como el reconocimiento de la pensión desde el diagnóstico médico. Además, cuestionó que se autorice usar los fondos de la cuenta de capitalización individual del trabajador para cubrir pensiones por discapacidad, cuando la ley establece que deben financiarse con la prima del seguro de vida.

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