9 de octubre de 2026

El Estado deberá pagar RD$520 millones por terrenos expropiados en Samaná

El Tribunal Constitucional (TC) rechazó un recurso de revisión de Bienes Nacionales (BN) y dejó firme una condena que había obligado al Estado dominicano a pagar 520.49 millones de pesos a Hacienda Fondeur por unos terrenos expropiados en Samaná

El conflicto se originó en 2001, cuando el decreto 598-01 declaró de utilidad pública e interés social una porción de la parcela 3574, en Samaná, para el asentamiento de familias campesinas. La empresa alegó que los terrenos tenían uso forestal y de reforestación y advirtió sobre una posible confusión con otras parcelas.

En 2005, el Instituto Agrario Dominicano (IAD) informó que en parte del inmueble existía un asentamiento campesino que había sido oficializado.

Años después, Hacienda Fondeur reclamó que se le pagara por los terrenos. El 13 de septiembre de 2024, la Dirección General del Catastro Nacional (DGCN) emitió el avalúo administrativo 167-24. La empresa obtuvo además una tasación privada.

El 22 de noviembre de 2024, Hacienda Fondeur presentó una demanda de justiprecio contra el Estado, Bienes Nacionales y el IAD. El 6 de mayo de 2025, la Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) acogió parcialmente el reclamo y ordenó pagar 515,491,872 pesos por 1,536,179.25 metros cuadrados, además de los cinco millones por daños y perjuicios.

La indemnización por los terrenos equivale a unos 335.57 pesos por metro cuadrado, según el cálculo del monto reconocido dividido entre la superficie.

La disputa llegó al Constitucional

Después de la decisión del TSA, la Procuraduría General Administrativa presentó una casación en representación del Estado y, según la Suprema Corte de Justicia, también de Bienes Nacionales y el IAD. Bienes Nacionales presentó otro recurso por separado.

El Tribunal Constitucional rechazó la revisión el 1 de octubre de 2026. Consideró que Bienes Nacionales no explicó de manera concreta cómo la decisión de la Suprema había vulnerado sus derechos fundamentales. El Constitucional no revisó el valor de los terrenos ni recalculó la indemnización.

 

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