El Tribunal Constitucional valida el uso del polígrafo en la Policía Nacional
El Tribunal Constitucional (TC) validó la disposición de la Ley Orgánica de la Policía Nacional (590-16) que permite utilizar el polígrafo para constatar la capacidad psicofísica de los agentes y sanciona como falta muy grave la negativa injustificada a someterse a esa prueba.
La demanda, interpuesta por Ambioris Arnó Contreras, también cuestionaba disposiciones sobre la integración del Consejo Superior Policial, las comisiones independientes, el régimen disciplinario, el retiro de los agentes y los recursos administrativos. Sin embargo, la alta corte declaró constitucionales todos los artículos impugnados.
Respecto al polígrafo, el accionante alegaba que sancionar la negativa a someterse a esa prueba violaba el derecho a no declarar contra sí mismo, reconocido en la Constitución.
El Tribunal rechazó ese argumento al considerar que el examen forma parte del régimen especial de la Policía Nacional y se utiliza para verificar la capacidad psicofísica para prestar servicio.
