23 de abril de 2026

Banco Central incorpora a los agentes de cambios y remesas a la gestión de riesgo

Los agentes de cambio y de remesas que operan en la República Dominicana deberán cumplir en lo adelante las disposiciones del nuevo Reglamento de Riesgo Operacional, luego de que la Junta Monetaria (JM) aprobara el documento en el cual se les incluye como parte de las entidades vinculantes.

La JM, órgano superior del Banco Central dominicano (BCRD), incorporó a los intermediarios cambiarios al ámbito de aplicación del reglamento sobre riesgo, incluyendo lo concerniente al requerimiento de capital, en atención a la naturaleza, volumen y la cantidad de las operaciones que estos realizan.

Además, se tomará en cuenta el grado de interconexión con entidades de intermediación financiera y las contrapartes con las cuales operan, esto con el propósito de cubrir pérdidas inesperadas derivadas de ese riesgo, según se lee.

En el texto legal se establece que los intermediarios cambiarios deberán notificar de inmediato al Banco Central y a la Superintendencia de Bancos los incidentes operacionales graves, en los términos y umbrales que se definan mediante instructivo.

 

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