4 de julio de 2026

Insultar o mostrar el dedo a un funcionario puede llevar a prisión bajo el nuevo Código Penal

El Código Penal recientemente aprobado por el Congreso Nacional introduce la figura del ultraje a funcionarios públicos, una disposición que establece sanciones de prisión y multa por actos considerados ofensivos hacia autoridades, incluso si estos ocurren en contextos no públicos.

De acuerdo con el artículo 310, bajo la sección titulada «Del ultraje», se dispone textualmente:

«Constituye ultraje el hecho de pronunciar palabras amenazantes, o enviar escritos, imágenes o cualquier tipo de objeto, o hacer gestos, de modo no público, pero de carácter contrario a la dignidad personal y a la de las funciones que desempeña algún funcionario o servidor público. El ultraje será sancionado de quince días a un año de prisión menor y multa de dos a tres veces el salario que perciba, al momento de la infracción, el funcionario o servidor público que ha sido su víctima».

Esta disposición penaliza no solo las acciones en actos públicos de violencia o difamación, sino también expresiones privadas que puedan considerarse ofensivas respecto a la dignidad del cargo o función que ejercen.

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